Subvención para el pago de los recibos de agua potable, basura y alcantarillado 2010
Ya está abierto el plazo para obtener esta subvencion. El importe a conceder tiene un carácter de máximo y alcanzará la cantidad de 260 euros anuales.
El alcalde de Torrevieja, Eduardo Dolón, informa que desde el pasado viernes 11 de noviembre y hasta el 9 de enero de 2012, se mantendrá abierto el plazo para solicitar la subvención municipal para el pago de los recibos de agua potable, basura y alcantarillado para el Ejercicio 2010.
Eduardo Dolón comunica que podrán solicitar en este Ayuntamiento una subvención para el pago de estos recibos, todas aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos: Ser preceptor de una pensión por jubilación, viudedad, orfandad, a favor de familiares o incapacidad permanente, o ser mayor de 60 años, o ser Familia Numerosa.
Figurar en el Padrón Municipal de Habitantes y estar inscritos en el mismo un mínimo de 2 años ininterrumpidos anteriores a la presentación de la solicitud; que la Renta Per Cápita de la unidad de convivencia (entendiendo por tal a todas las personas que vivan en el mismo domicilio tengan o no relación de parentesco) a la que pertenece el solicitante, no supere la cuantía anual correspondiente del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente en el año 2010, esto es, como máximo un importe de 7.455´14 euros anuales.
Los recibos del año 2010 por los que se solicita la subvención deberán estar abonados a la fecha de presentación de la solicitud de subvención. La subvención pretende sufragar los consumos realizados por el solicitante en su domicilio habitual, por lo que, cualquier variación entre el domicilio actual y el consignado en el recibo, deberá justificarse por el interesado.
El solicitante no deberá disponer de bienes inmuebles. A estos efectos no se contabilizará la vivienda habitual y una plaza de garaje, siempre previa acreditación.
Sólo se concederá la subvención municipal a un solicitante dentro de cada unidad de convivencia. En caso de fallecimiento del solicitante con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución de la solicitud presentada, podrá percibir esta subvención el cónyuge viudo/a, siempre que reúna los requisitos exigidos y así lo solicite.
El importe a conceder tiene un carácter de máximo y alcanzará la cantidad de 260 euros anuales, calculando en atención al consumo de una familia media.
El solicitante deberá encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales.
Por último, indicar que para todos los ciudadanos de Torrevieja que reúnan los requisitos exigidos, el Ayuntamiento concederá una subvención que se abonará directamente al interesado previa justificación del gasto efectuado y abonado.
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Un último añadido: si una persona no se encuentra al corriente de los pagos tributarios...No será porque carece actualmente, en estos dificiles tiempos de crisis de los medios economicos para hacerlo puntualmente?
Volvemos a lo mismo...hay que valorar la situación personal y actual de cada individuo y no dar a los que tienen "derechos" dejando a un lado a los que realmente lo necesitan.
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